miércoles, 15 de julio de 2009



19 de noviembre

DIA INTERNACIONAL CONTRA EL ABUSO INFANTIL.

PROYECTO DE LEY

Programa de prevención del abuso sexual infantil.


Articulo 1 º. – Crease en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires el Programa de prevención del abuso sexual infantil.
Articulo 2 º. - Dicho programa funcionara en el marco de la Ley Nº 2.110, Educación Sexual Integral, y estará dirigido a los niños, niñas y adolescentes incluidos en el sistema educativo de la Ciudad de Buenos Aires.
Articulo 3º.- A los efectos de la presente Ley se entiende como abuso sexual infantil cualquier conducta con claro sentido sexual en la que haya contacto físico o sin él (tocar o ser tocado, por medio de palabras, exhibición de órganos genitales y/o fotos o películas pornográficas) hacia un menor de alguien que detenta el poder y/o la autoridad ante ese menor, que lo hace su victima y a partir de la cual el ofensor obtiene gratificación sexual.
Artículo 4 º- Son objetivos generales del Programa:

a) Prevenir y educar sobre esta problemática a la población en edad escolar así como a sus padres, tutores o encargados.

b) Promover acciones tendientes a reducir el riesgo de abuso sexual infantil en la Ciudad de Buenos Aires.

c) Dar cumplimiento a los pactos internacionales, ratificados por nuestro país en lo atinente a la infancia y con la Ley nº 114- Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes en la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 5 º- Son objetivos específicos del programa:

a) Ofrecer a los niños, niñas y adolescentes herramientas básicas y propias que promuevan el desarrollo de la autocapacidad de prevención ante posibles situaciones de abuso sexual infantil.

b) Informar a los niños, niñas y adolescentes como protegerse en caso de propuestas y conductas de abuso sexual infantil, a quienes pedir ayuda y de que forma hacerlo.

c) Brindar herramientas de información a los padres, madres, tutores o encargados de los niños, niñas y adolescentes, que tengan como eje principal la comunicación y la educación sexual para la prevención del abuso sexual infantil.

Articulo 6 º - comuníquese, etc...

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